Chaleco reflectante en moto: cuándo es obligatorio y cómo elegirlo
Si repartes en moto como actividad profesional, desde el 1 de octubre de 2026 el chaleco reflectante también te afecta dentro de la ciudad. Te cuento qué dice el BOE, qué no aclara y en qué me fijo yo al elegir uno.
Actualizado el 18 de octubre de 2026
Hasta ahora el chaleco reflectante era cosa de coches. Con el Real Decreto 518/2026, el mismo que obliga a llevar guantes, cambia también para las motos, y para los que trabajamos con ella cambia todavía más. Lo he leído en el BOE del 26 de junio de 2026 y te cuento lo que pone.
Chaleco reflectante en moto: qué dice la norma
La obligación está en el artículo 118.4 del Reglamento General de Circulación, tal como queda con el Real Decreto. Aquí me centro en lo que afecta a quien reparte en moto:
Los conductores que desarrollen su actividad profesional circulando en los vehículos mencionados en los apartados 1, 2 y 3, deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad de acuerdo con los requisitos de los equipos de protección individual, cuando circulen en todo tipo de vías.
Artículo 118.4 del Reglamento General de Circulación, según el Real Decreto 518/2026 (BOE núm. 155, 26 de junio de 2026)
Dicho de forma sencilla:
- Si conduces como actividad profesional: el texto dice que hay que utilizarlo «cuando circulen en todo tipo de vías». O sea, para circular, también en ciudad.
- Además, el decreto añade al Reglamento General de Vehículos (anexo XII) que las motocicletas «deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad».
Lo que sé y lo que no sé
El texto no dice qué es «actividad profesional». Yo reparto contratado por una flota y entiendo que esta regla me incluye, pero es mi lectura, no una aclaración oficial. Si trabajas de otra forma, o tienes dudas, pregúntaselo a tu flota o a tu gestoría antes de dar nada por hecho.
Tampoco he visto ningún periodo transitorio para el chaleco: el decreto entra en vigor el 1 de octubre de 2026 y no trae ninguno para esto. De la multa, algunos medios hablan de 200 euros, pero es un dato de prensa que no he podido confirmar, porque el Real Decreto cambia el reglamento y no fija sanciones.
Chaleco reflectante homologado: qué etiqueta buscar
El texto pide un chaleco «de alta visibilidad» que cumpla los requisitos de los equipos de protección individual. La norma europea de referencia para este tipo de prenda es la EN ISO 20471, según la nota técnica NTP 1219 del INSST. Esa norma define tres clases (1, 2 y 3) que dependen de la superficie mínima de material visible: cuanta más superficie, más clase.
El decreto no dice qué clase pide. Lo que sí puedes comprobar tú antes de comprarlo es esto:
- La etiqueta cosida dentro del chaleco, o la ficha del vendedor, con la norma EN ISO 20471.
- El marcado CE.
- La clase que indica el fabricante.
Si el anuncio solo dice «chaleco de seguridad» o «homologado» sin citar la norma, no puedo asegurarte que valga. Es lo mismo que con los guantes: no te fíes del título del anuncio, mira la etiqueta.
Qué miro yo en un chaleco para repartir
Repartiendo te lo pones y te lo quitas muchas veces, y además va encima de la ropa y de la mochila o la caja. Con eso en la cabeza, me fijaría en esto:
- La norma EN ISO 20471 y el marcado CE en la etiqueta.
- Un cierre rápido, de cremallera o velcro, que se pueda poner con guantes.
- Que sea holgado para ir encima de la chaqueta, pero que se ajuste para que no ondee con el viento.
- Que las bandas reflectantes se vean aunque lleves mochila o caja trasera. Si la caja tapa la espalda, que haya bandas por delante y por los hombros.
- Un color fluorescente, amarillo o naranja, y que aguante bien el lavado.
Esto es lo que me importa a mí, no una norma. La ley solo pide que sea de alta visibilidad y que cumpla los requisitos de los equipos de protección individual.
Chaleco, ropa de lluvia y chaqueta: en qué orden
El chaleco va por encima de todo lo demás, para que se vea. Si te pones el traje de agua, el chaleco encima. Y si llueve, ojo: con lluvia ves peor y te ven peor. Hay más en la guía de cómo elegir un traje de agua para repartir.
Qué chaleco recomiendo
El que ya tengas. Todos tenemos algún chaleco por ahí y, por regla general, sirven. Lo único que haría es mirar su etiqueta, como te explico más arriba: la norma EN ISO 20471 y el marcado CE. Si la lleva, póntelo y ya está.
Si no tienes ninguno, o el tuyo no trae etiqueta, compra uno que la lleve y que cumpla lo básico que he comentado: un cierre rápido, que no ondee y con bandas que se vean aunque lleves mochila o caja. Para mí no hace falta complicarse más: entre dos chalecos que cumplen la norma, no hay uno que sea «el mejor para repartir». Si te estás equipando, mira también la guía de guantes obligatorios.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el chaleco reflectante para repartir en moto?
Sí, desde el 1 de octubre de 2026. Según el texto, los conductores que trabajan con la moto tienen que utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad cuando circulen en todo tipo de vías, y las motos tienen que llevar uno.
¿Tengo que llevarlo puesto mientras conduzco?
Según el texto, sí, en todo tipo de vías, también en ciudad. Es mi lectura de la norma: si tienes dudas, pregúntaselo a tu flota.
¿Sirve cualquier chaleco que tenga por casa?
Por regla general sí. Lo único, comprueba que cumple la norma: la etiqueta EN ISO 20471 y el marcado CE.
¿Cuánto es la multa por no llevarlo?
Algunos medios hablan de 200 euros, pero es un dato de prensa que no he podido confirmar. El Real Decreto no fija sanciones.